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domingo, 20 de marzo de 2011

EL CRUCIFIJO EN LAS ESCUELAS DE EUROPA ES ACORDE CON LA CONVENCIÓN EUROPEA DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE SENTENCIA EL TEDH

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos en una decisión firme e inapelable, ha considerado por 15 votos a favor y 2 en contra que la presencia del crucifijo en las aulas de las escuelas públicas italianas está de acuerdo con la Convención Europea de los Derechos del Hombre. Esta sentencia pone freno a la tendencia laicista del Tribunal de Estrasburgo y constituye un cambio de paradigma. Altera radicalmente sin medias tintas una decisión adoptada precedentemente por unanimidad, que ahora se presenta como un "error" histórico de ese mismo Tribunal. Esta decisión es una victoria para Europa, pues Europa no puede ser fiel a ella misma marginando el cristianismo. Esta decisión es más una victoria para Europa que para el "crucifijo"; Europa renuncia a renegar de su propia identidad, a suprimir el cristianismo en nombre de los derechos humanos. Esta decisión es fiel al Estatuto del Consejo de Europa, que afirma que los Estados europeos están "inseparablemente unidos a los valores espirituales y morales que forman parte del patrimonio común de sus pueblos y que constituyen el origen de los principios de libertad religiosa, de libertad política, y de preeminencia del derecho, sobre los que se basa toda auténtica democracia". La sentencia Lautsi es una victoria para Europa. Esta sentencia ha dado la oportunidad de mostrar de nuevo que las raíces cristianas de la gran Europa alimentan la identidad profunda y la cohesión social del continente europeo. Vaticano:con el crucifijo,el tribunal europeo respalda la libertad religiosa La sentencia que ha emitido este viernes el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo a favor de la exposición del crucifijo en las escuelas de Italia ha recibido el aplauso de la Santa Sede por considerar que se trata de una decisión que "hace historia" en el reconocimiento de la libertad religiosa. Un caso histórico Los países que oficialmente han apoyado a Italia son Armenia, Bulgaria, Chipre, Grecia, Lituania, Malta, Mónaco, Rumanía, Federación Rusa y San Marino, así como Albania, Austria, Croacia, Hungría, Moldavia, Noruega, Polonia, Serbia, Eslovaquia y Ucrania. El caso había sido planteado al Tribunal de Estrasburgo por Soile Lautsi, ciudadana italiana de origen finlandés, que en el año 2002 había pedido a la escuela estatal "Vittorino da Feltre" de Abano Terme (Padua), en la que estudiaban sus dos hijos, que quitara los crucifijos de las aulas. La dirección de la escuela se negó por considerar que el crucifijo forma parte del patrimonio cultural italiano, y posteriormente los tribunales italianos dieron razón a este argumento. Sin embargo, una sentencia en primera instancia del Tribunal de Estrasburgo decidió por unanimidad imponer la expulsión de los crucifijos de las escuelas italianas y condenó al gobierno italiano a pagar a la mujer un resarcimiento de 5.000 euros por daños morales. Aquella primera sentencia de la historia de ese tribunal en materia de símbolos religiosos en las aulas de clase consideró que la presencia del crucifijo en la escuela constituye "una violación de los derechos de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones" y de "la libertad de los alumnos". Ante el recurso presentado por el Estado italiano, la Gran Sala del Tribunal europeo ha contradicho radicalmente aquella primera sentencia, estableciendo por 15 votos a favor y 2 en contra, que la presencia de los crucifijos en las aulas no constituye "una violación de los derechos de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones" y de "la libertad de religión de los alumnos" ya que "no subsisten elementos que puedan probar que el crucifijo influye eventualmente en los alumnos".


EN ALMERIA.-

EL CRISTO CRUCIFICADO NO SOBRA EN EL SALÓN DE PLENOS DE LA DIPUTACIÓN, SOBRA LA INCULTURA, LA IGNORANCIA Y EL RADICALISMO
Publicado el 31 de Marzo de 2011 en Informes
Noticia de la diócesis de Almería.
Diputación mantendrá el Cristo crucificado en el Salón de Plenos pues está inventariado como obra de arte

Publicado el 31-03-2011

TELEPRENSA.- El cuadro con el Cristo crucificado que está colgado en una de las paredes del Salón de Plenos de la Diputación de Almería no se retirará como había solicitado el diputado de IU, Antonio Romero. Se ha comprobado en un estudio realizado por el secretario de la Diputación que se trata de un cuadro inventariado como obra de arte con el número 42 dentro del inventario de la Diputación. “Por tanto entendemos que no le afecta esa ley y no se va a quitar”, ha señalado el vicepresidente de la institución provincial, Luis Pérez.

El diputado de IU Antonio Romero presentó un informe elaborado por el Observatorio del Laicismo de Granada en el que denunciaba que “cualquier trabajador de la Diputación, miembro de la Corporación o cualquier ciudadano que desee asistir al Pleno se ven sometidos a su presencia –a la del Cristo crucificado y que personas que trabajan y acuden a dicho centro nos han hecho llegar esta situación por la que se ven personalmente afectados”. La denuncia del Observatorio se fundamentaba en una serie de argumentos jurídicos y sentencias favorables a su tesis.

Luis Pérez ha explicado que el informe jurídico elaborado por los técnicos de la institución provincial deja claro que la institución provincial está “obligada” por la Constitución a “garantizar la conservación del patrimonio histórico, cultural y artístico”, como se trata de la obra en cuestión.

Además, esta obra está catalogada con el número 42, del Inventario de Bienes Histórico Artísticos de la Diputación de Almería, en base al cual, un informe elaborado por los técnicos subraya que “nunca se ha considerado, ni puede ni debe considerarse, que la ubicación en el Salón de Plenos de la obra de referencia, es de significación religiosa, sino exclusivamente patrimonial y artística”.

El mismo informe citado con anterioridad precisa que gran parte de los edificios oficiales conservan en sus espacios públicos “las mejores obras de carácter religioso o histórico sin que ello suponga sometimiento a su presencia ni atenten contra la libertad religiosa, pues no revisten el significado de obra de culto, sino de valorado o valioso objeto artístico”.

En vista de las conclusiones emitidas en ambos informes, el vicepresidente ha destacado que está justificada la ubicación de este cuadro, que por tanto, permanecerá en el Salón de Plenos.

Almería, 31 de marzo de 2011

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